sábado, 1 de marzo de 2014

Energía y Desarrollo sostenible

Energía y desarrollo sostenible

Si bien en la Constitución Dominicana no se consagró un acápite relacionado con la regulación del sector energético de manera expresa, en su texto constan algunos artículos que pueden ser tomados en cuenta en este sentido. Esto, especialmente en el aspecto del desarrollo sostenible, el medio ambiente y la economía y la relación entre estos tres factores, consagrado por la Ley No. 125-01, sobre energía. De hecho, con la Constitución proclamada el 26 de enero del año 2010, se insertan al texto sustantivo diversos factores recientes, orientados al desarrollo de la energía producida mediante recursos renovables, tales como el agua y el viento. En esa virtud, nuestra Carta Magna ha hecho hincapié, principalmente, en la protección al medio ambiente, en cumplimiento al Protocolo de Kyoto, suscrito por nuestro país y ratificado por el órgano correspondiente.

Bajo el amparo de lo arriba expuesto, algunos artículos de nuestra Carta Magna se han referido al efecto. Artículos como el 17, 66 y 67, por ejemplo, han hecho hincapié en la necesidad del aprovechamiento de los recursos naturales. Se ha establecido de manera clara que el Estado impondrá las limitaciones de lugar para su uso, promoviendo la conservación del equilibrio ecológico y la protección del medio ambiente. Asimismo, se establece la necesidad de promoción del uso de energías alternativas no contaminantes y la inclusión en los contratos y concesiones, de la obligación de conservar el equilibrio ecológico y restablecer el ambiente a su estado natural, en caso de ser dañado. Estos elementos reconocidos son esenciales para el desarrollo sostenible del Estado, así como el mantenimiento de la capacidad de producción de energía de los recursos obtenidos por nuestro gobernante.

El Estado Dominicano, con la Estrategia Nacional de Desarrollo promovida recientemente, ha consagrado igualmente, algunos aspectos que podrían ser aplicados a la energía. De hecho, se estableció como objetivo general No. 3.2, el siguiente: “energía confiable, eficiente y ambientalmente sostenible”. Evidentemente, el mismo ha sido concebido alineándose a los principios constitucionales consagrados, recientemente desarrollados, bajo el marco de las necesidades de la Nación. Asimismo, en su desglose, el plan u objetivo se ha orientado a desarrollar el sector en un marco de competitividad, conforme ha sido desarrollado en el artículo 50 de nuestra Carta Magna, con relación a la libertad de empresa.

En otro orden de ideas, en el Plan Estratégico Nacional se ha consagrado la necesidad de promover el ahorro energético y el uso eficiente del sistema eléctrico. Esto, con la finalidad de obtener la eficiencia energética y obtener el uso racional de la electricidad. Asimismo, en lo relativo al uso de recursos renovables para la generación de energía, se pretende la aplicación rigurosa de la regulación medioambiental, con la finalidad de evitar daños colaterales al medio ambiente y cambios climáticos negativos. Es un hecho que se han asumido compromisos orientados a la aplicación de lo reconocido por la Carta Magna en el sentido de lo expuesto. La finalidad esencial del Estado en este tenor, es la de la protección de nuestros recursos naturales.

Igual suerte han corrido los hidrocarburos, también consagrados de manera expresa en la Constitución Dominicana. El objetivo específico No. 3.2.2, reconoce la necesidad de “garantizar un suministro de combustibles confiable, diversificado, a precios competitivos y en condiciones de sostenibilidad ambiental”. En este sentido, se ha consagrado la finalidad de desarrollar las estrategias necesarias para asegurar la sostenibilidad ambiental. Asimismo, se pretende revisar el marco regulatorio actual, con la finalidad de asegurar mayor calidad y la transparencia necesaria en cuanto a la fijación de precios de los mismos se refiere. En ese mismo orden, se pretende fomentar el uso racional de los combustibles, esto, orientado a una mayor protección del medio ambiente.

Es evidente que los compromisos asumidos por el Estado Dominicano han sido ambiciosos. Los mismos han sido consagrados con la finalidad de asegurar el bienestar general, bajo los preceptos del protocolo de Kyoto y de la Carta Magna de nuestro Estado. Esto así, pues se corresponden, en su mayoría, con elementos esenciales para la protección del medio ambiente y para el desarrollo sostenible de nuestra economía. Ahora bien ¿se puede afirmar que el objetivo general y los objetivos específicos consagrados han sido cumplidos a la fecha?

Si bien se han denotado los esfuerzos realizados por el Estado Dominicano para el cumplimiento del referido plan, a la fecha el alcance de los proyectos ha sido escaso. Como ejemplo, aunque tratándose de materia eléctrica, el Plan del Estado establece en su artículo 35 que:

“se consigna la necesidad de que en un año, las fuerzas políticas, económicas y sociales arriben a un pacto para solucionar la crisis estructural del sector eléctrico, asegurando la necesaria previsibilidad en el marco regulatorio e institucional que posibilite la inversión necesaria en la energía que demanda el desarrollo nacional”.

Es evidente que lo arriba indicado, a la fecha, no ha sido cumplido. No obstante esto, recientemente se iniciaron las discusiones al respecto, por lo que se está trabajando para el cumplimiento de las políticas pautadas por el Estado Dominicano al respecto.

En cuanto al sector energía, se puede destacar el cumplimiento del objetivo No. 3.2.1.1, relativo a la diversificación del parque de generación eléctrica y la explotación de fuentes renovables y de menor impacto ambiental. Con la entrada en vigor de la Ley No. 57-07, que crea incentivos para este tipo de generación, en cumplimiento con el objetivo 3.2.1.3, se ha logrado que entidades, tanto nacionales como extranjeras, inviertan en este mercado. Cabe destacar, por ejemplo, el Parque Eólico Los Cocos, el cual se constituyó como el primer parque eólico del país. Con posterioridad, se fueron involucrando otras entidades en proyectos similares. Asimismo, se han impulsado otros proyectos de índole privado en empresas que generan su propia energía, como el Hotel Dominican Fiesta, que funciona con energía fotovoltaica.

A pesar de que en materia de energía renovable, República Dominicana puede desarrollarse más, al momento se han obtenido beneficios relevantes al respecto. Se ha observado en muchas de las entidades que utilizan la energía renovable, o la generan para fines de interés general,  han llevado a cabalidad, en la mayoría de los casos, los lineamientos medioambientales requeridos por la normativa vigente. De esto se deriva que se trabaja arduamente para el alcance de una energía “confiable, eficiente y ambientalmente sostenible”, como bien lo indica el mencionado plan de desarrollo.

En cuanto a los hidrocarburos se refiere, en cambio, los avances han sido menos evidentes. Esto así, pues los objetivos planteados en el plan de desarrollo no han sido alcanzados a la fecha. Resta la voluntad del Estado dominicano para el cumplimiento de los mismos, especialmente en lo relativo a la incentivación de la exploración y explotación de petróleo en nuestro país. Sin embargo, los avances más significativos se han observado en el ámbito medioambiental. Esto se comprueba en el hecho de que se han promovido etapas para la disminución de expedición de gases, por ejemplo, así como se ha inculcado la necesidad de protección del medio ambiente a la hora de explorarlos y explotarlos.

En definitiva, existe una orientación al cambio en la República Dominicana. A pesar de que no se han alcanzado todos los objetivos pautados en la Estrategia Nacional de Desarrollo, se ha estado trabajando para lograr una estabilidad entre economía, medio ambiente y desarrollo sostenible. Restan, sin embargo, políticas más significativas que permitan un mayor desarrollo del sector energético.

Fuentes:

-          Constitución de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero del año 2010;
-          Ley No. 125-01;
-          Ley No. 57-07;
Plan Estratégico Nacional de Desarrollo